RECONOCIMIENTO DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN A LOS 55 AÑOS Y 20 AÑOS DE SERVICIO PARA DOCENTES OFICIALES DEL DECRETO 1278
En resumen, ¿Qué es el reconocimiento pensional?


Con este proceso se logra que los docentes que fueron vinculados en provisionalidad o en propiedad con posterioridad al 26 de junio de 2003, pero que tuvieron la calidad de interinos o estuvieron vinculados por OPS, antes de esta fecha, puedan recuperar el régimen exceptuado del Magisterio Oficial Colombiano y en ese sentido su reconocimiento pensional sea con 55 años de edad y 20 años de servicio, mejorando de esta forma su mesada pensional.
¿A quién va dirigido este proceso?
A Docentes vinculados al Magisterio Oficial Colombiano con posterioridad al 26 de junio de 2003, pero que hayan tenido alguna clase de vinculación ya sea en calidad de interinos u OPS antes del 26 de junio de 2003.
Requisitos para acceder a este beneficio
Hay que tener en cuenta que, al solicitar la aplicación del régimen exceptuado del Magisterio Oficial Colombiano, se puede dar aplicación a dos grandes normas que son la Ley 33 de 1985 o la Ley 71 de 1988, leyes que demandan los siguientes requisitos:
Ley 33 de 1985: Tener 55 años de edad hombres o mujeres y 20 años de servicios en el sector público.
Ley 71 de 1988: Ordena tener 55 años a las mujeres, hombres 60 años, en cuanto al tiempo para losdos son 20 años de servicios acumulando tiempos públicos y privados.
Tiempo estimado para que este proceso salga a favor
De año y medio a dos años.
¿Qué solución brindamos en Colombia Pensiones para sacar adelante este proceso?
Realizamos las peticiones directamente a las entidades y entablamos los procesos judiciales ante los despachos respectivamente invocando las sentencias del CONSEJO DE ESTADO que han desarrollado este tema a favor.